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La sustitución de las etiquetas de los productos por etiquetas digitales podría poner en riesgo derechos de los consumidores

La Oficina Europea de Uniones de Consumidores (BEUC/Bureau Européen des Unions de Consommateurs) ha mostrado su inquietud en un reciente informe (1) ante el hecho de que la industria esté promoviendo la sustitución de la información en las etiquetas por instrumentos digitales, con el apoyo de algunas instancias de la Comisión Europea (por ejemplo, a cierto nivel de la Dirección General de Comercio Interior -DG Grow- que podría revisar regulaciones como las de detergentes y cosméticos para permitirlo). La discutible excusa sería que así se podría proporcionar "más información" al consumidor además de reducir los costes vinculados al actual etiquetado. Sin embargo, en realidad sería algo que contribuiría a su desinformación, al sustituir la información accesible instantáneamente de las etiquetas por un dudoso sistema de consulta mucho más lento y engorroso  que es incompatible con el actual ritmo de vida. La gente tendría infinitamente más difícil informarse.

Advierte BEUC que "la información sobre los productos y sus características es una protección fundamental de la salud, los derechos y los intereses del consumidor. Las etiquetas, los pictogramas y las instrucciones de uso fiables son  fundamentales, por ejemplo, para garantizar el uso correcto y seguro de muchos productos de consumo, como pinturas, detergentes o cosméticos". La información clave sobre la seguridad, ingredientes u otros aspectos debe permanecer sobre los propios productos en las etiquetas o, y solo en algunos casos especiales, en  folletos que los acompañen. Es, por otro lado, lo que dictan normativas vigentes, como por ejemplo las de cosméticos o la de alimentos (2).

La citada organización pide que no se materialice el proyecto de sustituir la información obligatoria que hoy se proporciona en las etiquetas físicas de muchos productos por dudosas herramientas online como aplicaciones para iphones o etiquetas electrónicas. Consideran que ello entrañaría  un grave atentado contra los derechos de los consumidores al dificultar inmensamente su acceso a información clave tanto en el momento mismo de la compra como después, al usar los productos.

Privar a los consumidores de la información esencial de las etiquetas obligándoles a informarse, si es que pueden, vía online -por ejemplo a través de códigos QR- sería un grave atentado contra su derecho a elegir informadamente que, además, puede entrañar riesgos para la salud en algunos casos. Ya es un problema serio la escasa información que proporcionan actualmente muchas etiquetas, por ejemplo acerca de la posible presencia de sustancias preocupantes. Por ello sería inaceptable que se pueda pretender reducir aún más ésa información. Las etiquetas deben contener más información de la que hoy contienen, no menos o ninguna.

Son muchas las razones que desaconsejan el etiquetado electrónico, algunas de las cuales se desgranan en el informe de BEUC. Por ejemplo, que muchas personas no tienen teléfonos inteligentes (incluso en Dinamarca el país de la UE con más teléfonos inteligentes un quinto de sus habitantes carece de ellos (3). Además deberían llevarlos  encima y en condiciones de poder realizar una serie de funciones. Por otro lado hay mala conectividad en amplias zonas (millones de personas en Europa no han usado internet y/o no tienen acceso a la red y no solo en zonas rurales (4) . Sin contar con las muchas personas -por ejemplo, mayores de 50 años- que no tienen las habilidades digitales precisas (5). Pero hasta los más habilidosos se verían sometidos a unas molestias inaceptables que podrían dificultar o impedir el acceso a la información. Porque no se dispone de tiempo ilimitado para comprar.  Con frecuencia solo se tiene segundos para elegir cada uno de los productos y, si hace al caso, consultar las etiquetas. Más aún si se ha de comparar entre varios artículos. Detenerse a escanear, por ejemplo, un código QR de cada producto por separado y consultar por internet podría eternizar la compra. Como consecuencia, simplemente se desistiría de realizar la consulta. El sistema actual de etiquetado permite una compra rápida tal y como impone el ritmo de la vida moderna, el digital no. La simple propuesta de someter a tal engorro imposible a los consumidores expresa una colosal falta de respeto y una burla hacia los mismos, ya que evidentemente se buscaría dificultar que se informasen en tiempo y forma.

En resumen, representaría la exclusión de porcentajes apreciables de la población de su derecho a comprar informadamente con los contratiempos e incluso riesgos, en algún caso, que ello pueda representar. Sin embargo, la información en el propio producto hace posible que se disponga de ella no solo para comprarlo sino después, cuando se ha llegado a casa. Algo que puede ser muy relevante, por ejemplo, para hacer un uso seguro de algunos productos o en  caso de un incidente (el etiquetado electrónico puede dificultar o impedir la información cuando se requeriría información inmediata).

A lo anterior cabría sumar más problemas. Para empezar, no se habrían dado a conocer aún sistemas fiables que permitirían funcionar a ése sistema de etiquetas digitales. Sean llamadas gratuitas, mensajes de texto de respuesta u otras formas, no solucionan el problema de base. Por otro lado, las etiquetas digitales podrían hacer surgir un gran número de aplicaciones cuya calidad y facilidad de uso podría ser manifiestamente mejorable. El que los supermercados tuviesen dispositivos de escaneo no dejaría de representar otro engorro para los consumidores y aún para los establecimientos, además de dejar a los consumidores sin información tras la compra.

Un aspecto importante -tal y como denuncia BEUC- son también los riesgos de desinformación inherentes a confiar a entidades privadas, sin medios para supervisarlas debidamente, el alojamiento de la información de las etiquetas digitales. Desde la posibilidad de datos deficientemente preparados a  información omitida o engañosa. De hecho ya hay antecedentes, por ejemplo en relación a detergentes, en los que en muchos casos no se remitía a los consumidores a las webs obligatorias en las que pudiesen conocer la composición (6). También si por ejemplo se cambia la composición de un producto ¿se dejará en la web la composición de la anterior versión del mismo?. Otro riesgo es la posible exposición a prácticas comerciales dudosas.  Por ejemplo la utilización comercial de los datos de los clientes. Es relevante también la inquietud vinculada a la protección de datos y la seguridad digital (incluido el ataque de piratas informáticos que pudieran acceder a los teléfonos inteligentes de los consumidores, forzados a conectarse a redes no siempre seguras y a emplear instrumentos vulnerables como los códigos QR)

Como dice BEUC en su informe sustituir el etiquetado normal por el digital "amenaza con socavar una salvaguardia esencial de la salud, los derechos y los intereses del consumidor, es decir, el acceso fácil e inmediato a la información proporcionada "con" o "sobre" un producto". Algo que iría en flagrante contradicción con la normativa comunitaria que establece que debe informarse a los consumidores, en relación por ejemplo a productos alimentarios (7),  para que estos con sus opciones de compra puedan mejorar su salud, así como influir positivamente en temas como los medioambientales (8). Es, por otro lado, una amplia demanda social que las etiquetas den información fiable sobre aspectos como la composición, nutricionales, económicos, ambientales, sociales o éticos. Es absolutamente fundamental que el consumidor tenga acceso instantáneo, sin necesidad de extraños recursos digitales que pueden demorarlo o impedirlo, a la información de las etiquetas según la forma fijada por la ley, de forma que sea claramente legible y comprensible. Algo que debe aplicarse tanto a los productos que actualmente tienen etiquetados, como también en el caso de las obligaciones que se contemplan de divulgar aspectos como el contenido de alérgenos de fragancias en cosméticos (9).

El papel que puede asignarse a la información digital debe ser complementario, pero no sustituir en ningún caso al de las etiquetas. Las aplicaciones para iphones, los códigos QR, las webs etc. podrían utilizarse solo para ampliar la información. Para nada más. Por ejemplo, en el caso de los alimentos, pero sin que ello afecte de ninguna forma a las etiquetas físicas. También en el de otros productos como los cosméticos, se podría acceder así a conocer con más detalle los efectos de algunas sustancias que pueden contener. De forma más general, debiese ser obligatorio que se pudiese consultar por internet los centenares de sustancias que integran la composición total de muchos productos tales como insecticidas, ambientadores, productos de limpieza, etc.- que hoy se oculta. Entre tales sustancias puede haber algunas que sean perjudiciales para la salud tal y como revelan infinidad de estudios de la ciencia académica, tal y como sucede con las sustancias alteradoras hormonales. Para ello deben derogarse las vergonzosas leyes de secreto comercial que hoy protegen los intereses de las empresas pero no los de los consumidores. También podrían usarse herramientas digitales  por personas con problemas visuales, para dar consejos saludables o para garantizar la información más actualizada (10).

 

1 - WHY MOVING ESSENTIAL PRODUCT INFORMATION ONLINE IS A NO-GO. BUREAU EUROPÉEN DES UNIONS DE CONSOMMATEURS AISBL | DER EUROPÄISCHE VERBRAUCHERVERBAND. Ref: BEUC-X-2021-016 - 23/02/2021. ACCESIBLE EN: https://www.beuc.eu/publications/why-moving-essential-product-information-online-no-go/html

2 - Regulation (EC) No 1223/2009 on cosmetic products

Regulation (EU) No 1169/2011 — food information to consumers

3 - Eurostat. Digital economy and society statistics - households and individuals. June 2019.

4 - Basta consultar los datos de Eurostat de 2018 que muestran que el 11% de los ciudadanos de la UE nunca se había conectado a Internet, que el 15% de la población rural, el 9% de la de las ciudades y el 11% de la de los pueblos y suburbios. Eurostat. Digital economy and society statistics - households and individuals. June 2019.

5 - Eurostat. Internet access and use statistics - households and individuals - 2016 edition. December 2016. Según Eurostat solo un 57% de las personas de 55 a 74 años se conecta a internet con regularidad. Por otro lado, como la tecnología digital cambia de continuo, exige una constante actualización, por lo que ni los que ahora son jóvenes se verán libres de problemas en un futuro cuando sean mayores.

6 - Chemical Legislation European Enforcement Network. EuroDeter – Final Report. 2014.

7 -Reglamento de Información Alimentaria al Consumidor 1169/2011

8 - European Commission. EU Consumer Policy strategy 2007-2013 - Empowering consumers, enhancing their welfare, effectively protecting them. March 2007.

9 -BEUC. Labelling Fragrance Allergens. December 2018.

10 - Un ejemplo son los folletos electrónicos que está elaborando la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) que, por supuesto, no sustituyen a los folletos de papel que se incluyen con los medicamentos pero que sirven, por ejemplo, para informar sobre el descubrimiento reciente de efectos secundarios que no se conocían cuando se elaboró el folleto en papel.

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