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El reglamento REACH

 

Lo que hemos comentado sobre el Convenio de Estocolmo no ha sido más que el prólogo de lo que vamos a contarles acerca de otro intento, si cabe mucho más ambicioso, de poner algo de orden en el proceloso mundo de intereses comerciales de la industria química. Otro intento que, por su importancia, creemos que debe ser conocido por la población en general. Nos referimos a la batalla vivida en la Unión Europea para poner en marcha el reglamento europeo REACH (Registro, Evaluación y Autorización de Productos Químicos) que entró en vigor en 2007, unificando y sustituyendo 40 normativas anteriores.

Se trataba de un reglamento que había generado grandes expectativas e ilusiones y para cuyo éxito muchas personas –científicos, instituciones médicas, administraciones, políticos, organizaciones no gubernamentales,...- habían puesto toda la carne en el asador. De hecho, el Llamamiento de París que se cita en otro apartado y otros documentos similares realizados por un enorme número de hombres de ciencia, se habían hecho precisamente con objeto de presionar para que el reglamento REACH no naufragase ante las presiones de la industria química.

Muchas veces se dan grandes batallas en pro de las personas sin que una buena parte de la Humanidad sea consciente de ellas. Es probable que una buena parte de la población europea si se le pregunta que es el reglamento REACH no sepa de qué se le está hablando. Conocerán el nombre de este político o aquel futbolista, pero no sabrán el nombre de ninguno de los científicos que, aunque poca gente se enterase, estaban intentando poner a salvo a millones de personas de la que puede ser una de las mayores amenazas sanitarias que jamás se hayan afrontado. Es justo rendir aquí un homenaje a todos esos hombres de ciencia, porque lo intentaron con todos los medios a su alcance, aunque no lo consiguieran adecuadamente, en parte por chocar contra unos intereses creados muy fuertes, que comprometen frecuentemente la independencia de las decisiones politicas y en parte también, no cabe uda, por el desinterés de una parte importante de la población que normalmente está pendiente de otros asuntos objetivamente menos importantes.

El objetivo de REACH era colosal. Controlar decenas de miles de sustancias que hasta hoy, como se comenta en otros apartados, han venido comercializándose y utilizándose sin el debido control. Era el más ambicioso intento normativo de instaurar una cultura preventiva frente a los tóxicos que jamás se haya producido en el planeta. El primer intento normativo a cierto nivel de poner algo de orden en el peligroso caos de producción y utilización de sustancias químicas. Pero, en buena medida, ya se ha dicho, fracasó. Se produjeron enormes presiones de la industria química, no solo de la europea, sino también de la de los Estados Unidos, y finalmente el Parlamento Europeo claudicó y rebajó unas exigencias, contenidas en los primeros borradores y basadas en la evidencia científica, que pretendían anteponer la salud de las personas a los intereses comerciales.

La industria química de la UE, un gigante que mueve cientos de miles de millones de euros al año y que tiene empleadas a centenares de miles de personas, no dudó en utilizar toda su fuerza, todos sus recursos, toda su capacidad de influencia, económica y política, para sustraerse a ser debidamente controlada (1). Y consiguieron una gran victoria. Lo que es dudoso es que su victoria fuese la de la verdad y la del bien común.

Si repasamos cómo ha quedado el reglamento REACH después de haber sido maquillado a gusto de la industria hallamos inevitablemente cosas incomprensibles para alguien para el que la salud de las personas sea lo más importante. Los científicos se quejaron amargamente, por ejemplo, de los exorbitados niveles de prueba que se exigen para demostrar, por ejemplo, los daños de las sustancias que producen alteraciones hormonales en el cuerpo humano. Hasta el punto de que las autoridades, enbuena medida, en lugar de aplicar el principio de precaución, como debieran hacer, tendrán que esperar a que se materialice un daño para poder actuar. Teniendo en cuenta que precisamente los daños hormonales, como mostramos con más detalle en otros apartados de esta web, están entre los que más inquietan hoy en día a la comunidad científica podemos comprender la desazón producida. Y, al fin y al cabo, la humillación que sentirán los científicos al ver que apreciaciones no científicas, sino mercantiles, son las que prevalecen tantas veces, sin actuarse convenientemente contra uno de los efectos sanitarios más temidos y extendidos atribuidos a los tóxicos.

Lo mismo cabe decir acerca de otro de los temas sobre los que más hincapié hacen los científicos que estudian estas cuestiones y que tampoco ha sido tenido en cuenta seriamente por la normativa REACH. Algo crucial y sobre lo cual todo lo que se hable será poco ya que de no ser tenido en cuenta jamás se podrá evaluar correctamente el daño que producen en nosotros las sustancias tóxicas. No es un error de matiz sino absolutamente grosero, de bulto. Hablamos de lo que coloquialmente se denomina como “efecto cóctel”, al que se refería también el Llamamiento de París cuando explicaba que no sólo hay que considerar los efectos de las sustancias aisladamente, como se ha acostumbrado hasta ahora, sino conjuntamente. Ya que normalmente tenemos en nuestros cuerpos o nos vemos expuestos no a sustancias aisladas, sino ptencialmente a centenares de sustancias al mismo tiempo y que estas pueden interaccionar entre sí y “ejercer efectos tóxicos adicionales y/o sinergias en los organismos vivos” . Es tal la complejidad de ese “cóctel” químico que nos afecta que ello, apuntaban los firmantes, dificulta sobremanera “establecer el plan epidemiológico como la prueba absoluta de una conexión directa entre la exposición a una u otra de estas sustancias o productos y el desarrollo de enfermedades”.

Pero ,lamentablemente, la cosa no queda ahí. La lista de recomendaciones científicas esenciales despreciadas continúa. Una de las cosas que en los primeros borradores se consideraba irrenunciable era algo de sentido común: la obligación de sustituir las sustancias peligrosas por otras seguras. Pero, por lo que se ve, era "demasiado" pretender que el sentido común prevaleciese. Finalmente , la norma REACH consiente que las sustancias tóxicas sigan siendo utilizadas aunque haya alternativas más seguras. Sin obligación de que sean estas últimas las que se utilicen. ¿Qué les parece?.

Además, quedará en manos de la industria el informar sobre si hay alternativas o no. Y, por si fuera poco , la norma establece que se podrá autorizar el uso de sustancias muy peligrosas si los productores afirman algo tan vaporoso como que la exposición a las mismas puede ser “controlada adecuadamente”. De otro lado, la norma excluye el control de muchos miles de sustancias químicas que se producen por debajo de una cantidad determinada.

No obstante, y por tratar de buscar algo positivo, también cabe decir que es probable que la existencia de la norma REACH -que obligará a las empresas a registrar y probar la inocuidad de muchas sustancias ante la Agencia Europea de Sustancias Químicas que operará en Helsinki- sea mejor que la situación precedente (2).

Es positivo, por ejemplo, que mientras la normativa anterior no establecía que fuese precisa una autorización para la producción, importación ,comercialización o uso de ciertas sustancias muy peligrosas, la norma REACH si lo establezca para unas 1.500 sustancias consideradas cancerígenas, mutágenas o tóxicas reproductivas, tóxicas persistentes y bioacumulativas, muy persistentes y muy bioacumulativas y otras preocupantes como los disruptores endocrinos. Pero ,claro está, como antes se decía, dejando huecos como que se pueda argumentar que los beneficios de uso superen a los riesgos sanitarios, que no existan alternativas o que supuestamente puedan controlarse los riesgos. Podríamos hablar de otros aspectos más o menos positivos o negativos. Pero , por concluir, lo que muchos científicos dudan es de que lo aprobado sea suficiente para revertir en un grado adecuado los daños sanitarios y ambientales que pretenden conjurarse.

En el fondo, lo que hemos visto es como ciertas normativas que deberían haber sido movidas únicamente atendiendo a criterios sanitarios y científicos, acaban siendo retocadas y ,en buena medida, gravemente desactivadas, en función de otros intereses. Y cabe hacerse la pregunta de hasta que punto la industria química o cualquier otra industria tiene derecho a influir sobre las políticas sanitarias como, a la vista de lo que se ha denunciado, parece que está haciendo.


 

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NOTAS:


 

1 Los periodistas Carrasco R, Jara M, y Vidal J. dedican a este asunto un capítulo de su libro “Conspiraciones tóxicas. Cómo atentan contra nuestra salud y el medio ambiente los grupos empresariales”. Martinez Roca- Ediciones. Madrid. Junio 2007


 

2 Además ,aún cabe la oportunidad de introducir mejoras en el reglamento en el futuro.

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